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Necesita más tiempo para preparar su declaración de Impuestos del 2019 ?

Recuerde las fechas límites :

Declaraciones Personales o Individuales /Corporaciones y Trust (Si el año fiscal es igual al año calendario)

  1. Miercoles 15 de Abril del 2020
  2. Solicitando una Extensión de Plazo antes del 15 de Abril de 2020, se podrá presentar la declaración de Impuestos hasta el 15 de Octubre del 2020.

Asociaciones y Pequeñas Empresas (Partnership & S-Corp) (Si el año fiscal es igual al año calendario)

  1. Lunes 16 de Marzo del 2020
  2. Solicitando una Extensión de Plazo antes del 16 de Marzo de 2020, se podrá presentar la declaración de Impuestos hasta el martes 15 de Septiembre del 2020.

Evite multas por llenar tarde

Aplique para 6 meses más de plazo para llenar la declaración de Impuestos a la renta del 2019, si usted no llena dentro de las fecha límites establecidas está sujeto a una penalidad del 5 % del monto debido por cada mes o parte del mes que su declaración está atrasada. La máxima penalidad es el 25%. Si la declaración es más de 60 días tarde la multa mínima es de $210 o el balance adeudado en su declaración cualquiera sea menor.

Solo las declaraciones de Impuestos personales reclamando una devolución de impuestos pagados en exceso durante el año 2019, no requieren aplicar por una extensión de plazo.

Multas por pagar tarde

Para evitar multas por pagar tarde, junto con la aplicación de extensión de plazo usted debe pagar el 90 % de impuestos que usted estima adeudar en su declaración. La multa por pagar tarde es del 0.5 % del monto de impuesto no pagado en la fecha límite regular. La máxima multa es del 25%.

Intereses sobre Impuestos no Pagados

Adicional a las multas por llenar y/o pagar tarde el IRS cargará su cuenta con intereses por valores adeudados a la fecha límite regular.