CONOCE COMO RECLAMAR CRÉDITOS TRIBUTARIOS POR CORONAVIRUS

CRÉDITO DE RETENCIÓN DE EMPLEADOS

Es un crédito reembolsable contra ciertos impuestos de empleo igual al 50 % de salarios calificados que un Empleador elegible paga a sus empleados entre el 12 de marzo de 2020 y antes del enero 1 de 2021. Los salarios por cada empleado (incluyendo ciertos costos de plan de salud) up to 10,000 pueden ser contados para determinar el monto del 50% del Crédito. En otras palabras, el crédito por retención de Empleados tiene un tope de     $ 5,000 por empleado.

¿Quiénes son los Empleadores elegibles?

Los empleadores, incluidas las organizaciones exentas de impuestos, son elegibles para el crédito si operan un comercio o negocio durante el año calendario 2020 y experimentan:

  1. La suspensión total o parcial de la operación de su comercio o negocio durante cualquier trimestre calendario debido a órdenes gubernamentales que limitan el comercio, los viajes o las reuniones grupales debido a COVID-19, o
  2. Una disminución significativa en los ingresos brutos.

El periodo de una disminución significativa en los ingresos brutos comienza el primer día del primer trimestre calendario de 2020 para el cual los ingresos brutos de un empleador son menos del 50% de sus ingresos brutos para el mismo trimestre calendario en 2019 y termina el primer día del primer trimestre calendario siguiente al trimestre calendario en el que los ingresos brutos son más del 80% de sus ingresos brutos para el mismo trimestre calendario en 2019.

El crédito se aplica a los salarios calificados (incluidos ciertos gastos del plan de salud) pagados durante este período o cualquier trimestre calendario en el que se suspendieron las operaciones.

¿Qué significa Salarios calificados?

La definición de salarios calificados depende de cuántos empleados tenga un empleador elegible:

Si un empleador tuvo en promedió más de 100 empleados de tiempo completo durante 2019, los salarios calificados son los salarios, pagados a los empleados que no están prestando servicios porque las operaciones fueron suspendidas o debido a la disminución de los ingresos brutos.

Si un empleador tuvo en promedió 100 o menos empleados a tiempo completo durante 2019, los salarios calificados son aquellos salarios, pagados a cualquier empleado durante el período en que se suspendieron las operaciones o el período de disminución de la cantidad bruta recibos, independientemente de si sus empleados están prestando servicios o no.

¿Como se reclama el crédito?

Para reclamar el nuevo Crédito de retención de empleados, los empleadores podrán deducirlo de los depósitos de los impuestos de empleo, si estos no son suficientes para cubrir el crédito, el Empleador puede conseguir un avance usando el Formulario 7200, “Anticipo de créditos del empleador debido a COVID-19”.

CREDITOS POR LICENCIAS POR ENFERMEDAD Y FAMILIA

Los empleadores elegibles tienen derecho a recibir un crédito por el monto total de los pagos de salarios realizados a sus empleados como licencia por enfermedad y licencia familiar, más los gastos relacionados con el plan de salud y la parte del empleador del impuesto de Medicare sobre la licencia, durante el período del 1 de abril de 2020 al 31 de diciembre, 2020.

  1. Crédito por licencia por enfermedad

Un empleado que no puede trabajar (incluido el teletrabajo) debido a la cuarentena o la cuarentena del coronavirus o tiene síntomas de coronavirus y está buscando un diagnóstico médico, tiene derecho a una licencia por enfermedad remunerada de hasta diez días (hasta 80 horas) en el empleado tasa de pago regular o, si es más alto, el salario mínimo federal o cualquier salario mínimo estatal o local aplicable, hasta $ 511 por día, pero no más de $ 5,110 en total.

  • Crédito por licencia para Cuidar a alguien con coronavirus

Un empleado que no puede trabajar debido al cuidado de alguien con coronavirus tiene derecho a licencia por enfermedad remunerada por hasta dos semanas (hasta 80 horas) a dos tercios de la tarifa de pago regular del empleado o, si es mayor, el salario mínimo federal o cualquier salario mínimo estatal o local aplicable, hasta $ 200 por día, pero no más de $ 2,000 en total.

  • Crédito por licencia para Cuidado de niños debido a la guardería o al cierre de la escuela

Un empleado que no puede trabajar debido a la necesidad de cuidar a un niño cuya escuela o lugar de cuidado está cerrado o cuyo proveedor de cuidado de niños no está disponible debido al coronavirus, también tiene derecho a un permiso familiar y médico pagado equivalente a dos tercios del pago regular del empleado, hasta $ 200 por día y $ 10,000 en total. Se pueden contar hasta diez semanas de licencia calificada para el crédito de licencia familiar.

IMPACTO DE OTRAS PROVISIONES DE CREDITOS Y PRESTAMOS PARA EL ALIVIO ECONOMICO

La capacidad de un empleador elegible para reclamar el Crédito de retención del empleado se ve afectada por otras disposiciones de crédito y préstamos para alivio económico de la siguiente manera:

  • Si un empleador recibe un Préstamo para Interrupción de Pequeñas Empresas bajo el Programa de Protección de Cheques de Pago, autorizado bajo la Ley CARES, entonces el empleador no es elegible para el Crédito de Retención de Empleados.
  • Los salarios de este crédito no incluyen los salarios por los cuales el empleador recibió un crédito fiscal por licencia pagada por enfermedad y familia bajo la Ley de Respuesta al Coronavirus de Families First.
  • Los salarios contados para este crédito no se pueden contar para el crédito por licencia familiar y médica pagada según la sección 45S del Código de Rentas Internas.
  • Los empleados no se cuentan para este crédito si al empleador se le permite un Crédito Fiscal de Oportunidad de Trabajo según la sección 51 del Código de Rentas Internas para el empleado.

Oscar Peña, RTRP-CPIA Si necesitas conocer sobre todas las alternativas disponibles para obtener ayuda económica y créditos tributarios,  estamos ayudando a nuestros clientes y a la comunidad hispana a través de video conferencias  realizadas todos los días a las 18h00 , si deseas inscribirte puedes hacerlo a través de este link: https://reacherservices.com/index.php/asistencia-de-prestamos-covid-19/    o llámanos al  813-756-6931                                                                                                                                  

CONOCE SOBRE EL ANTICIPO PARA AYUDA DE EMERGENCIA NO REEMBOLSABLE DE HASTA $10.000,00

Anticipo de ayuda de emergencia por pérdidas económicas (EIDL) grants advance

EL SBA a través de su website esta aceptado solicitudes para proveer un anticipo de hasta $10,000 dólares para negocios pequeños afectados por el COVID-19. De acuerdo a lo publicado en el Website de la institución estos recursos estarán disponible para el aplicante, inmediatamente después que la aplicación haya sido aprobada exitosamente. Este anticipo no será pagado de regreso por el solicitante.

  1. ¿Qué es un EIDL y en que puede ser usado?

EIDL son prestamos de bajo interés de hasta 2 millones de dólares, que son disponibles para el pago de nómina y otros gastos de operación, estas ayudas no solamente son relacionadas al CONV-19, sino a cualquier otro tipo de desastre.

  1. ¿Quién es elegible?

• Pequeños negocios con menos de 500 empleados
• Solo Propietario con o sin empleados
• Contratistas Independientes
• Otros, no relacionados a nuestro target

  1. ¿Quién es elegible para una Ayuda de Emergencia por pérdidas económicas?

Empresas e Individuos que han estados en Operación por el enero 31 de 2020 cuando la crisis de Salud Pública fue anunciada.

  1. ¿Cuál es la tasa de interés y el plazo de estos préstamos?

Estos préstamos tienen una tasa de interés del 3,75 % y pueden tener un plazo de hasta 30 años.

  1. ¿Cuánto tiempo esta ayuda estará disponible?

La ayuda está siendo retroactiva desde enero 31 del 2020 hasta diciembre 31 del 2020, para permitir que aquellos quienes habían aplicado por un EIDL también puedan ser elegible a recibir esta ayuda.

  1. ¿Cómo se aplica para un EIDL?

La solicitud de un EIDL no relacionado al COVID-19 se envía directamente al SBA, vía fax, email o correo tradicional.

  1. ¿Si ya recibió un Anticipo de Ayuda de Emergencia por pérdidas económicas (EIDL) puede todavía aplicar a un PPP?

Quienes han recibido el avance como ayuda temporal por daños para Emergencia económica pueden aplicar y acceder al PPP, siempre y cuando no exista una duplicación de uso de fondos, en otras palabras, si usted recibió un anticipo, debe deducir el monto de ese anticipo del monto del PPP si los fondos del EIDL fueron usados también para pagar las mismas 8 semanas de nómina del PPP. volver al blog anterior

Oscar Peña, RTRP-CPIA
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CONOCE SOBRE PRESTAMOS QUE SERAN PERDONADOS CON EL PAYCHECK PROTECTION PROGRAM.

Este programa provee a los negocios pequeños con fondos para pagar hasta 8 semanas de gastos de nómina incluyendo beneficios para empleados, fondos también pueden ser usados para pagar interés sobre hipotecas, alquileres de oficina y servicios básicos (Luz, agua, etc).

Los fondos son suministrados en forma de préstamo que será perdonado completamente si al menos el 75% de estos son usados para pagar a empleados.

1. ¿Qué tipos de Negocios son elegibles?

• Negocios y Entidades que sean afectados por el CORONAVIRUS entre el 15 de febrero y el 30 de junio del 2020

• Negocios y Entidades deben haber estado operando por el 15 de febrero del 2020,

• Empresas afectadas por el coronavirus y que tengan menos de 500 empleados.

• Individuos quienes, como un solo propietario, o como un contratista independiente o como un individuo con trabajo de cuenta propia.

• Otros no detallados en este artículo.

  1. ¿Cuándo estará disponible este Programa?

Este Programa estará disponible desde el 3 de abril al 30 de junio del 2020, o hasta que los fondos se agoten lo que ocurra primero.

  1. ¿Cómo se determina el Monto del préstamo?

El máximo monto del préstamo es 2,5 veces del promedio mensual de gastos en nómina durante el periodo del 15 de febrero del 2019 al 15 de febrero del 2020 o $10 millones de dólares lo que sea menor.

  1. ¿Cómo se determina el Monto que será perdonado?

Porque estos préstamos intentan ayudar a los negocios a mantener pagando a sus empleados, se espera que un negocio use durante las siguiente 8 semanas después de haber obtenido el préstamo, al menos el 75% de este en salarios (incluyendo seguro médico, plan de retiro y otros beneficios a los empleados) y no más del 25% sea usado para pagar otros gastos aprobados (alquiler, servicios básicos, intereses de préstamos) cualquier monto del préstamo sobre el 25% usado para gastos aprobados que no sean salario, no serán elegibles para ser perdonados.

  1. ¿Qué pasa con la porción no perdonada del préstamo?

Cualquier monto del préstamo no perdonado, será convertido en un préstamo a un plazo de 2 a 10 años y con una tasa de interés de máximo del 4 %. Capital e interés serán diferidos por un total de 6 meses a 1 año después del desembolso del préstamo.

  1. ¿Cómo aplicar a este Préstamo?

Nosotros recomendamos contactar inmediatamente su Banco y verificar si este es un SBA 7 (a) Lender y hacer su aplicación directamente con ellos, si su Banco no está ofreciendo este prestamos, puede consular la lista de Prestamistas participantes en el website del SBA www.sba.org

  1. ¿Hay que presentar garantía personal o algún tipo de colateral para este préstamo?

Este préstamo no necesitara garantía personal, ni ningún otro tipo de colateral

  1. ¿Existe algún tipo de cargo o costo por aplicar a este préstamo?

Ni el gobierno ni los prestamistas (Lenders) o Bancos harán ningún cargo sobre estos préstamos.

  1. ¿Cómo el PPP trabaja con la Ayuda Temporal por daños para Emergencia económica?

Quienes han recibido el avance como ayuda temporal por daños para Emergencia económica pueden aplicar y acceder al PPP, siempre y cuando no exista una duplicación de uso de fondos, en otras palabras, si usted recibió un anticipo, debe deducir el monto de ese anticipo del monto del PPP si los fondos del EIDL fueron usados también para pagar las 8 semanas de nómina. volver al blog anterior

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CONOCE LAS AYUDAS ECONOMICAS DISPONIBLES PARA ENFRENTAR EL CORONAVIRUS

Guía de las empresas pequeñas sobre la ley de alivio y seguridad económica para ayuda por el coronavirus (CARES ACT)

Los programas e iniciativas en la Ley de alivio y seguridad económica para ayuda del coronavirus que aprobó el Congreso de los Estados Unidos el 27 de marzo del 2020 pretenden asistir a los dueños de negocios con cualquier necesidad que ellos tengan ahora mismo. Una vez implementada habrá nuevos recursos disponibles para los pequeños negocios como también para organizaciones sin fines de lucro y otros empleadores.

Esta guía provee información acerca de los principales programas e iniciativas que estarán disponibles desde el 3 de abril a través de la SBA (Small Business Administration), así como algunas regulaciones de impuestos adicionales.

Para mantenerse actualizado por favor permanezca en contacto con la SBA, su Banco o Prestamista o nosotros que estamos trabajando desde casa arduamente para ayudar a nuestros clientes y nuestra comunidad hispana.

La llamada Ley CARES provee:

• Prestamos que pueden ser perdonados, si estos son usados para pagar empleados, Paycheck Protection Program, este le ayudará retener a sus empleados. mas información

• Ayuda de Emergencia para daños económicos, con esta podría conseguir hasta $10,000 en anticipo del Paycheck Protection Program o cualquier otro préstamo de Asistencia por desastre relacionado o no al Coronavirus. mas información

• Expande los Prestamos de daños económicos por desastres (EIDL)

• Incremento de beneficios de desempleo para empleados despedidos.

• Crédito por retención de empleados

• Alivio para el pago de impuestos de empleo.

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